Indemnización por despido
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Este artículo suprime los artículos 5591, 5592, 5593 y 5594 del título 5 del Código de los Estados Unidos, a fin de reflejar la derogación de los estatutos de origen de dichos artículos por la ley de 30 de marzo de 1966, Ley Pública 89-380, artículo 5, 80 Stat. 95.
(i) un empleado (que no sea miembro del Senior Executive Service o del Federal Bureau of Investigation and Drug Enforcement Administration Senior Executive Service, o un empleado cuya retribución se fije en virtud de la sección 5376) cuya tasa de retribución básica se fije en una tasa prevista para uno de los niveles del Executive Schedule o sea superior a la tasa máxima del Executive Schedule;
(ii) un empleado que preste servicio en virtud de un nombramiento con una limitación de tiempo definida, excepto uno así nombrado para un empleo a tiempo completo sin una interrupción en el servicio de más de 3 días tras un servicio en virtud de un nombramiento sin limitación de tiempo;
(iii) un empleado extranjero que ocupe un puesto fuera de los diversos Estados, el Distrito de Columbia y las zonas e instalaciones de la República de Panamá puestas a disposición de los Estados Unidos en virtud del Tratado del Canal de Panamá de 1977 y acuerdos relacionados (según se describe en la sección 3(a) de la Ley del Canal de Panamá de 1979);
¿Qué es el fondo de indemnización por despido?
Fondo de indemnización por cese significa el total de la indemnización por cese a la que tiene derecho un empleado durante un único derecho en virtud de 5 U.S.C. 5595. Incluye una indemnización básica por cese y, en su caso, una indemnización de adaptación por edad, calculada con arreglo a 550.707.
¿Qué es la indemnización por despido en RRHH?
La indemnización por despido es la compensación o prestación pagada en forma de dinero por el empresario en el momento de la dimisión de mutuo acuerdo, jubilación, despido o salida del trabajador de la empresa por cualquier motivo, salvo despido improcedente.
¿Para qué sirve un acuerdo de despido?
¿Qué es un acuerdo de despido? Un finiquito es un contrato que un empresario puede pedir a un empleado que firme cuando es despedido de un trabajo. La indemnización suele ofrecerse a cambio de que el empleado renuncie a sus reclamaciones contra la empresa.
Indemnización por despido anticipado
(3) Está sirviendo bajo un nombramiento calificado en una agencia programada por ley u orden Ejecutiva para ser terminada dentro de 1 año después de la fecha del nombramiento, a menos que en la fecha de separación, la terminación de la agencia se haya pospuesto a una fecha más de 1 año después de la fecha del nombramiento, o el nombramiento se efectúe dentro de 3 días naturales después de la separación de un nombramiento calificado;
(4) Está recibiendo una indemnización por lesiones en virtud del subcapítulo I del capítulo 81 del título 5 del Código de los Estados Unidos, a menos que la indemnización se esté recibiendo simultáneamente con la paga o sea el resultado de la muerte de otra persona; o
Salario mínimo
La indemnización por despido se suele conceder a los empleados al término de la relación laboral. Suele basarse en la duración de la relación laboral a la que tiene derecho el trabajador en el momento del despido. La Ley de Normas Laborales Justas (FLSA) no exige ninguna indemnización por despido. La indemnización por despido es una cuestión de acuerdo entre el empresario y el trabajador (o su representante). La Employee Benefits Security Administration (EBSA) puede ayudar a un empleado que no haya recibido indemnización por despido en el marco de su plan patrocinado por la empresa. Si tiene alguna duda, póngase en contacto con la EBSA.
Ebsa
Para tener derecho a la indemnización por cese, un empleado debe estar prestando servicio en virtud de un nombramiento calificado, tener un período de servicio programado regularmente, haber completado al menos 12 meses de servicio continuo, y ser retirado del servicio federal por separación involuntaria por razones distintas de la ineficiencia (es decir, rendimiento o conducta inaceptables).
Un empleado no tiene derecho a indemnización por cese si está prestando servicio en virtud de un nombramiento no cualificado; rechaza una oferta razonable de asignación a otro puesto; está prestando servicio en virtud de un nombramiento cualificado en un organismo cuyo cese está previsto en el plazo de un año a partir de la fecha del nombramiento; está recibiendo una indemnización por lesiones en virtud del 5 U.S.C. capítulo 81, subcapítulo I; o tiene derecho en el momento del cese a una pensión vitalicia inmediata de un sistema federal de jubilación civil o de los servicios uniformados. El organismo empleador debe determinar si el empleado recibió una oferta razonable, tal y como se define en 5 CFR 550.703.
Para tener derecho a la indemnización por despido, el empleado debe haber completado al menos 12 meses de servicio continuo en la fecha de separación. Este servicio continuo puede consistir en uno o más puestos federales civiles ocupados durante un período de 12 meses sin una sola interrupción en el servicio de más de 3 días naturales. Los puestos ocupados deben haber estado bajo uno o más nombramientos calificativos; uno o más nombramientos temporales no calificativos que precedan al nombramiento calificativo actual; o un nombramiento para un puesto en una instrumentalidad de fondos no asignados del Departamento de Defensa o la Guardia Costera que preceda al nombramiento calificativo actual en el Departamento de Defensa o la Guardia Costera, respectivamente.