Leyes de educación especial pdf
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Incluimos a personas de todos los orígenes raciales, étnicos, culturales, socioeconómicos, nacionales e internacionales, y acogemos con satisfacción la diversidad de pensamiento, pedagogía, religión, edad, orientación sexual, identidad/expresión de género, afiliación política y discapacidad.
Nos esforzamos por crear una cultura de inclusión que fomente las relaciones y las interacciones entre personas de distintos orígenes, una cultura que realce la dignidad humana, disminuya activamente los prejuicios y la discriminación y mejore la calidad de vida de todos los miembros de nuestra comunidad.
Ampliamos nuestras propias perspectivas escuchando los puntos de vista de expertos de todo el mundo. Cada año, recibimos a una variada lista de conferenciantes invitados para que hablen a nuestro profesorado sobre una amplia gama de temas. Estos talleres enriquecen su erudición, lo que, a su vez, beneficia a nuestros estudiantes.
Definición de inclusión en educación especial
“Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles y el aprendizaje a lo largo de toda la vida…”.
La Ley de Educación de 1998 establece el derecho a la educación de todas las personas del Estado. El artículo 7 de la ley dice que el Ministro de Educación “debe garantizar que se pongan a disposición de cada persona residente en el Estado….., incluidas las personas con discapacidad o con otras necesidades educativas especiales, servicios de apoyo y un nivel y calidad de educación adecuados para satisfacer las necesidades y capacidades de esa persona”.
La ley hace hincapié en la inclusividad y la igualdad de acceso, incluidas las disposiciones para las personas con discapacidad u otras necesidades educativas especiales, y establece los derechos de los padres a enviar a sus hijos a la escuela de su elección.
Hasta la fecha, el Ministerio de Educación y Ciencia sólo ha puesto en vigor algunas partes de la Ley EPSEN de 2004. Una parte de la ley entró en vigor el 14 de julio de 2005 y otras cinco secciones el 1 de octubre de 2005. Las secciones de la ley que han entrado en vigor tratan principalmente del derecho a ser educado de forma inclusiva, los deberes de las escuelas y la creación del Consejo Nacional de Educación Especial (NCSE).
Inclusión de ideas
Desde 2008, Portugal cuenta con leyes que prevén la provisión de educación a todos los alumnos, sin excepción, en su escuela ordinaria local, de conformidad con el artículo 24 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).
Estas leyes también han creado obligaciones explícitas que exigen el ajuste del proceso educativo para incluir a los estudiantes con discapacidad y han llevado al establecimiento de una red nacional de Centros de Recursos de Tecnología de la Información y la Comunicación para apoyar a las escuelas de educación general, que evalúan las necesidades de los estudiantes en materia de tecnología de apoyo. En consonancia con la obligación establecida en la CDPD de que los países transformen progresiva y sistémicamente sus sistemas educativos nacionales en sistemas genuinamente inclusivos, el Decreto-Ley 3/08 también inició un “proceso de reorientación” para la mayoría de las escuelas especiales segregadas de Portugal, transformándolas en Centros de Recursos para la Inclusión. Estos Centros proporcionan asistencia especializada de apoyo a las escuelas ordinarias a través de asociaciones con agrupaciones escolares y su función incluye facilitar el acceso a la educación, la formación, el trabajo, el ocio, la participación social y la autonomía.
Ejemplos de la ley de inclusión
Se calcula que hay 240 millones de niños con discapacidad en todo el mundo. Como todos los niños, los niños con discapacidad tienen ambiciones y sueños para su futuro. Como todos los niños, necesitan una educación de calidad para desarrollar sus capacidades y desarrollar todo su potencial.
Sin embargo, a menudo se pasa por alto a los niños con discapacidad en la formulación de políticas, lo que limita su acceso a la educación y su capacidad de participar en la vida social, económica y política. En todo el mundo, estos niños se encuentran entre los que tienen más probabilidades de estar sin escolarizar. Se enfrentan a barreras persistentes a la educación derivadas de la discriminación, el estigma y la incapacidad habitual de los responsables de la toma de decisiones para incorporar la discapacidad en los servicios escolares.
Educación inclusiva significa todos los niños en las mismas aulas, en las mismas escuelas. Significa oportunidades reales de aprendizaje para los grupos tradicionalmente excluidos: no sólo los niños con discapacidad, sino también los hablantes de lenguas minoritarias.
A nivel escolar, hay que formar a los profesores, renovar los edificios y proporcionar a los alumnos materiales didácticos accesibles. A nivel comunitario, hay que luchar contra la estigmatización y la discriminación y educar a las personas sobre las ventajas de la educación inclusiva. En el ámbito nacional, los gobiernos deben adaptar sus leyes y políticas a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y recopilar y analizar periódicamente datos para garantizar que los niños reciben servicios eficaces.