Impuesto global complementario

Impuesto global complementario

Tipos impositivos mundiales

Los impuestos sobre la renta de las personas físicas de la mayoría de los países tienen una estructura progresiva, lo que significa que el tipo impositivo que pagan los individuos aumenta a medida que ganan salarios más altos. El tipo impositivo más alto que pagan las personas físicas difiere significativamente entre los países europeos de la OCDE, como se muestra en el mapa de hoy.

El tipo máximo legal del IRPF se aplica a la parte de la renta que entra en el tramo impositivo más alto. Por ejemplo, si un país tiene cinco tramos impositivos, y el tipo máximo del impuesto sobre la renta del 50 por ciento tiene un umbral de 1 millón de euros, cada euro adicional de ingresos por encima de 1 millón de euros tributaría al 50 por ciento.

Dinamarca (55,9 por ciento), Francia (55,4 por ciento) y Austria (55 por ciento) tenían en 2021 los tipos máximos legales del impuesto sobre la renta de las personas físicas más elevados entre los países europeos de la OCDE. Hungría (15%), Estonia (20%) y la República Checa (23%) tenían los tipos máximos más bajos.

Chile Retención en la fuente sobre los servicios

Estados Unidos ya no tiene un sistema fiscal mundial para gravar la renta de las empresas. Pero tampoco tiene un sistema verdaderamente territorial. En su lugar, EE.UU. tiene ahora un sistema híbrido con cierta tributación mundial, sin aplazamiento, para determinadas rentas extranjeras debido al GILTI y la Subparte F y un impuesto sobre determinadas transacciones transfronterizas.

Los países que participan en las negociaciones del Marco Inclusivo de la OCDE sobre las normas fiscales transfronterizas esperan llegar a un acuerdo a mediados de 2021.  Después de que las negociaciones se estancaran un poco en 2020, hay esperanzas de que el compromiso de la secretaria del Tesoro estadounidense, Janet Yellen, de alcanzar un acuerdo permita avanzar este año.

Los siguientes posts incluyen nuestra investigación y análisis de las políticas relacionadas con las normas fiscales transfronterizas, incluida la Renta Global Intangible de Baja Imposición (GILTI), la Renta Intangible Derivada del Extranjero (FDII), la Erosión de la Base Imponible y el Impuesto contra el Abuso (BEAT), y las normas Globales contra la Erosión de la Base Imponible (GloBE) en el contexto del Marco Inclusivo sobre la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS) de la OCDE.

Calculadora del impuesto sobre la renta en Chile

Chile grava la renta mundial de las personas físicas residentes o domiciliadas en Chile. Los extranjeros que trabajan en Chile sólo están sujetos a tributación por sus rentas de fuente chilena durante los tres primeros años en Chile, tras los cuales se gravan las rentas mundiales.

Antes de adquirir la residencia, generalmente se aplica un impuesto fijo del 15% si las actividades pueden calificarse como trabajos técnicos o de ingeniería o servicios profesionales que una persona presta mediante un informe, asesoramiento o desarrollo de un plan. En el caso de otras actividades, o cuando la empresa pagadora esté situada en un paraíso fiscal, se aplicarían otros tipos.

Reforma fiscal en Chile

El Centro de Fiscalidad de la UE de KPMG compila una actualización periódica de los desarrollos fiscales de la UE e internacionales que pueden tener un impacto tanto nacional como transfronterizo, con el objetivo de ayudarle a seguir y comprender estos desarrollos y cómo pueden afectar a su negocio.

El 8 de noviembre de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE o el Tribunal) dictó sentencia en los asuntos acumulados C-885/19 P y C-898/19 P. Ambos asuntos se refieren a la validez de una decisión emitida por la Comisión Europea (la “Decisión”), que consideró que una resolución sobre precios de transferencia concedida por Luxemburgo era incompatible con las normas sobre ayudas estatales de la UE.

El asunto se dirimió por primera vez ante el Tribunal General de la UE, que falló a favor de la Comisión Europea (la Comisión o la CE). En el recurso interpuesto ante él, el TJUE concluyó que el Tribunal General se equivocó al confirmar el planteamiento de la Comisión de aplicar una versión del principio de plena competencia no codificada en el Derecho interno. Al considerar que el análisis de selectividad estaba viciado, el TJUE decidió anular la sentencia del Tribunal General y la Decisión de la Comisión.